Responden Eduardo Segovia y Elena Sanz sobre cláusulas suelo
Los redactores de El Confidencial, Eduardo Segovia y Elena Sanz, responden sobre la sentencia del TJUE de cláusulas suelo hipotecarias
¿Será necesario pleitear o los bancos llegarán a una solución común como con las preferentes de Bankia?
En principio, es necesario pleitear para que el Supremo declare nulas las cláusulas individuales. Pero no se puede descartar que el Gobierno presione para que haya una devolución general y quitarse el problema de una vez, como la salida a bola de Bankia
¿La banca puede recurrir esta sentencia o es firme?
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea no se puede recurrir porque responde a una cuestión prejudicial planteada por varios tribunales de primera instancia en España.
¿Quien reclamó judicialmente la devolución desde Mayo de 2013 y le fue devuelta, puede ahora reclamarlo desde la fecha del préstamo?
En teoría no. Si tienes sentencia firme, el Tribunal de la UE considera que tiene fuerza de cosa juzgada. Lo mismo ocurre si llegó a un acuerdo con el banco en el que renunciaba a adoptar acciones judiciales contra él.
¿Los clientes del BBVA no podrán recuperar el dinero anterior al año 2013?
Si en su caso inició acciones judiciales y la sentencia del Tribunal Supremo resolvió su caso, se aplica el principio de 'cosa juzgada'. Pero si no tiene sentencia, aunque sea cliente del BBVA tiene derecho a reclamar el dinero cobrado de más.
Hola buenos días,
Mi caso es préstamo hipotecario para una licencia de taxi. ¿Cómo me afectaría?
Gracias de antemano
En principio le afecta igual que para una vivienda. Si un tribunal considera nula la cláusula el suelo por falta de transparencia o información engañosa, podrá recuperar todo lo pagado de más desde la firma del préstamo. Pero sólo si se declara la cláusula nula.
¿Cuáles son los pasos que debería seguir un afectado para recuperar las cantidades cobradas de más? Gracias
En primer lugar debería acudir al banco y solicitar, tanto que le eliminen la cláusula suelo si aún no lo ha hecho, como la devolución de las cantidades cobradas de más, intereses incluidos. Si el banco se niega a devolverle su dinero, lo más aconsejable es ponerse en manos de un abogado para iniciar acciones judiciales.
¿Cuáles son los pasos para que se realice la devolución? (Banco Sabadell).
Los pasos ya están descritos en una pregunta anterior. Pero el caso concreto del Sabadell es especial por cuanto no ha sido condenado nunca en firme y, por lo tanto, tendría que llegar al Supremo y conseguir que declare nulas sus cláusulas para poder pedir la retroactividad total.
¿La demanda contra los bancos quién la interpuso? Aunsbanc?
No. La sentencia de hoy es la respuesta a una cuestión prejudicial planteada por algunos tribunales de primera instancia que tienen demandas individuales y querían saber si debían aplicar la doctrina del Supremo o la retroactividad total en caso de fallar en contra del banco.
¿Cuáles son ahora los pasos para reclamar ese dinero? ¿Qué plazo hay para la devolución?
Dependerá de la disposición de la banca a devolver el dinero a los clientes afectados. Si hay que recurrir a la justicia para exigir que se aplique la retroactividad total, es difícil concretar plazos.
En el caso de tener aun importe pendiente de pagar con el banco, imagino que las cantidades a devolver se aplicarán sobre lo que resta de pagar, ¿es así?
Habrá que ver cómo lo hace cada uno (siempre y cuando sus cláusulas sean declaradas nulas). Pero al cliente le da lo mismo que le devuelvan el efectivo y seguir pagando como hasta ahora o bien que se lo resten de lo que le queda por pagar. Otra cosa es que la mayoría de las entidades han quitado la cláusula a futuro, es decir, que las letras que paga ahora ya están calculadas sin el suelo.
Yo compré como autonomo una oficina tipo loft que en la escritura viene como "local". En este caso, ¿podría recuperar mi dinero y obligar a mi banco a quitarme la cláusula suelo?. Muchas gracias.
Ocurre lo mismo que en el caso del taxista. El TJUE no declara nulas las cláusulas suelo, sino que, en caso de que la declare nula un tribunal español, la devolución de lo cobrado de más debe hacerse desde el principio. Por tanto, usted debe conseguir que un tribunal dicte una sentencia a su favor para poder reclamar las cantidades.
BBVA me pagó desde la sentencia del 2013, ¿ahora me tienen que pagar la retroactividad anterior?
Depende. Si no hay sentencia firme y si usted no firmó un documento de renuncia a reclamaciones posteriores, sí. Si lo firmó, no.
Si el piso ha sido embargado por impagos conteniendo clausulas suelo, ¿se puede acoger a esta sentencia?
Siempre que la cláusula suelo sea nula porque se incluyó en el préstamo hipotecario sin informar debidamente al cliente se puede reclamar la devolución de las cantidades cobradas de más. Respecto al embargo, el juez podría evitar la subasta del inmueble si entiende que su hipoteca contenía cláusulas suelo que han dado lugar al mismo. En cualquier caso, lo recomendable es acudir a un abogado para que inicie los trámites necesario para evitarlo.
Caixabank me sacó la cláusula suelo sin ir a juicio ¿Devolverá lo cobrado de más?
Caixabank eliminó las cláusulas suelo a partir de este año, pero no devolvió lo cobrado de más porque no ha sido condenada. Por tanto, tendrá que devolver lo cobrado de más en cuanto sea condenada en firme. Si no es condenada, no, pero, a diferencia del Sabadell, el hecho de haberlas quitado a futuro es un argumento muy poderoso a favor de los clientes afectados de cara a una sentencia favorable.
Me gustaría saber si en mí caso, ya juzgado y con fallo en firme, que fue concedida la nulidad de la cláusula suelo desde mayo de 2013, según la sentencia del Tribunal Supremo, se puede recuperar las cantidades correspondientes desde el inicio del préstamo (julio de 2010) hasta mayo de 2013.
En este caso no, porque se aplica el aplicaría el principio de 'cosa juzgada'.
¿Por qué no se aplica la retroactividad a Préstamos Hipotecarios para la adquisición de Locales Comerciales, Oficinas, u otros bienes inmuebles que no sean vivienda?, al fin y al cabo son PRESTAMOS HIPOTECARIOS.
Insistimos en que la sentencia del TJUE no declara nula ningún tipo de cláusula suelo. Lo que dice es que, si un tribunal las declara nulas, el banco debe aplicar la retroactividad total. Pero hace falta conseguir que haya una condena de nulidad.
¿afecta a las hipotecas de los locales comerciales?
Insistimos en que la sentencia del TJUE no declara nula ningún tipo de cláusula suelo. Lo que dice es que, si un tribunal las declara nulas, el banco debe aplicar la retroactividad total. Pero hace falta conseguir que haya una condena de nulidad.
Si he amortizado la hipoteca este año, es posible reclamar las cantidades cobradas por la clausula anteriormente?
Sí. Pueden reclamar tanto quienes aún están pagando su hipoteca como quienes la han terminado de pagar.
En mi caso me quitaron la cáusula suelo firmando un contrato privado en el que acepto no volver a reclamarles más por la cláusula suelo. Esto sólo me la quitaba para futuras cuotas. ¿Podré reclamarles las cuotas anteriores pese a haber firmado dicho contrato?
En principio no, puesto que usted aceptó no reclamar. Ahora bien, empieza a haber tribunales (por ejemplo, la Audiencia Provincial de Zaragoza) que también están declarando nulos estos contratos por considerarlos abusivos. Tendría que pelearlo en los tribunales.
Hola, ya terminé de pagar una hipoteca con cléusula suelo, incluso ya está el inmueble registrado a mi nombre. ¿Puedo reclamar lo pagado de más?. Muchas gracias
Sí. Pueden reclamar tanto quienes aún están pagando su hipoteca como quienes la han terminado de pagar.
Buenos días, en febrero de 2014 firmé un acuerdo con la entidad Banco Sabadell rebajando el suelo de una hipoteca que provenía de Caixa Penedes, del 3% al 2%, y comprometiéndome a no reclamar. Desde entonces tengo el suelo del 2%. ¿Me quitarán dicho suelo y me devolverán las cantidades cobradas de más?
Muchas gracias
En principio no, puesto que usted aceptó no reclamar. Ahora bien, empieza a haber tribunales (por ejemplo, la Audiencia Provincial de Zaragoza) que también están declarando nulos estos contratos por considerarlos abusivos. Tendría que pelearlo en los tribunales. En cuanto al caso concreto del Sabadell, no ha sido condenado en firme, por lo que no tiene intención ni de quitar el suelo ni de devolver las cantidades hasta que no lo sea (si es que lo es).
¿Los préstamos no hipotecarios están también amparados por esta resolución?
Insistimos en que la sentencia del TJUE no declara nula ningún tipo de cláusula suelo, ni hipotecaria ni no hipotecaria. Lo que dice es que, si un tribunal las declara nulas, el banco debe aplicar la retroactividad total. Pero hace falta conseguir que haya una condena de nulidad.
Afecta tanto a vivienda como a locales y a personas físicas y jurídicas?
Insistimos en que la sentencia del TJUE no declara nula ningún tipo de cláusula suelo, de ningún préstamo, ni de ningún sujeto, ni de ningún banco. Lo que dice es que, si un tribunal las declara nulas, el banco debe aplicar la retroactividad total. Pero hace falta conseguir que haya una condena de nulidad.
¿Habrá que reclamarlo Judicialmente vía bufete de Abogados ?
En principio, es necesario pleitear para que el Supremo declare nulas las cláusulas individuales. Pero no se puede descartar que el Gobierno presione para que haya una devolución general y quitarse el problema de una vez, como la salida a bola de Bankia. La banca también podría optar por tomar la iniciativa y empezar a devolver el dinero a sus clientes.
¿ Las viviendas de protección oficial de la junta de Andalucía también pueden reclamar esta clausula?
No sé si el préstamo para adquirirlas tiene cláusula suelo, pero si lo tiene, claro que es aplicable. Insistimos en que la sentencia del TJUE no declara nula ningún tipo de cláusula suelo, de ningún banco, ni sobre ningún activo, ni de ningún sujeto. Lo que dice es que, si un tribunal las declara nulas, el banco debe aplicar la retroactividad total. Pero hace falta conseguir que haya una condena de nulidad.
¿Afecta también a los que hallan vendido el piso antes de 2013?
Si su hipoteca contenía una cláusula suelo y un juez considera que es nula porque el banco no le informó debidamente de su presencia en el contrato ni de las consecuencias que tendría para usted, entonces sí puede reclamar.
¿Que pasos debo emprender para reclamar lo pagado de más? Liberbank
En primer lugar debería acudir al banco y solicitar, tanto que le eliminen la cláusula suelo si aún no lo ha hecho, como la devolución de las cantidades cobradas de más, intereses incluidos. Si el banco se niega a devolverle su dinero, lo más aconsejable es ponerse en manos de un abogado para iniciar acciones judiciales.
¿Dónde puedo ver si tengo cláusula suelo?
Debe venir en la escritura de la hipoteca que firmó ante notario. En todo caso, en los extractos del banco debe venir el interés que le aplican; si es superior a el diferencial sobre el euribor (que está en cero) que usted firmó, es que tiene suelo.
¿hay que reclamarla o se devolverá de oficio?
En primer lugar debería acudir al banco y solicitar, tanto que le eliminen la cláusula suelo si aún no lo ha hecho, como la devolución de las cantidades cobradas de más, intereses incluidos. Si el banco se niega a devolverle su dinero, lo más aconsejable es ponerse en manos de un abogado para iniciar acciones judiciales.
¿Cómo puedo saber si tenía cláusula suelo año 2016?
Debe venir en la escritura de la hipoteca que firmó ante notario. En todo caso, en los extractos del banco debe venir el interés que le aplican; si es superior al diferencial sobre el euribor (que está en cero) que usted firmó, es que tiene suelo.
Tengo la hipoteca con CaixaGalicia. Están obligados a la retroactividad o no como dicen en un articulo de este mismo periódico? Gracias
No está claro del todo y los bancos lo están analizando. En principio, la respuesta de BBVA y Popular es que sí les afecta a pesar de estar condenados por el Supremo, salvo en los casos individuales que tienen sentencia. Por tanto, a Abanca (Novagalicia) también le afecta. Hemos cambiado la noticia para explicarlo.
¿Cómo afecta la sentencia en caso de que el "consumidor" afectado sea una persona jurídica en forma de S.L. y su actividad fuera la promoción inmobiliaria?
Insistimos en que la sentencia del TJUE no declara nula ningún tipo de cláusula suelo, de ningún préstamo, ni de ningún sujeto, ni de ningún banco. Lo que dice es que, si un tribunal las declara nulas, el banco debe aplicar la retroactividad total. Pero hace falta conseguir que haya una condena de nulidad.
Hace 6 meses tuve sentencia a mi favor con retroactividad parcial. El banco me abonó la cantidad. Puedo solicitar la retroactividad total ahora?
Debería consultar a un abogado porque si tiene sentencia, se aplica el principio de 'cosa juzgada' y el banco puede tener un argumento para no devolverle más dinero. En cualquier caso, debe ser un abogado el que le informe de todas las posibilidades legales que tiene
Cajamar tiene q devolver desde q se firmó la hipoteca ?? O hay q denunciar ??
No está claro del todo y los bancos lo están analizando. En principio, la respuesta de BBVA y Popular es que sí les afecta a pesar de estar condenados por el Supremo, salvo en los casos individuales que tienen sentencia. Por tanto, a Cajamar también le afecta. No se sabe aún cómo va a proceder cada entidad. En todo caso, reclame y, si no se lo devuelven, tendrá que ir a los tribunales.
Soy cliente de Cajamar con hipoteca desde 2009. Nos quitaron la cláusula en mayo de 2013. ¿Aplicarán la retroactividad a nosotros también?
No está claro del todo y los bancos lo están analizando. En principio, la respuesta de BBVA y Popular es que sí les afecta a pesar de estar condenados por el Supremo, salvo en los casos individuales que tienen sentencia. Por tanto, a Cajamar también le afecta. No se sabe aún cómo va a proceder cada entidad. En todo caso, reclame y, si no se lo devuelven, tendrá que ir a los tribunales.
¿Quien ya denunció y consiguió la nulidad pero no la devolución por ser antes de la sentencia de mayo de 2013, puede ahora reclamar que le devuelvan lo pagado de más? ¿Cómo ha de hacerse?
si tiene sentencia, se aplica el principio de 'cosa juzgada' y el banco puede tener un argumento para no devolverle más dinero. En cualquier caso, debe ser un abogado el que le informe de todas las posibilidades legales que tiene
Buenos días. la entidad BBVA, no està obligada a devolver las cantidades anteriores a mayo de 2013, en base a que es una de las tres ya previamente condenadas y que no se puede volver a juzgar el caso? muchas gracias
No está claro del todo y los bancos lo están analizando. En principio, la respuesta de BBVA es que sí les afecta a pesar de estar condenados por el Supremo, salvo en los casos individuales que tienen sentencia. Por tanto, a BBVA también le afecta. No se sabe aún cómo va a proceder cada entidad. En todo caso, reclame y, si no se lo devuelven, tendrá que ir a los tribunales.
Cuando el BBVA nos quito las clausulas suelo a todos sus clientes, incluso a los que no habíamos denunciado, estaba asumiendo la nulidad de esa clausula en todos los casos? Si es así deberían devolver el dinero voluntariamente, no?
No está claro del todo y los bancos lo están analizando. En principio, la respuesta de BBVA es que sí les afecta a pesar de estar condenados por el Supremo, salvo en los casos individuales que tienen sentencia. Por tanto, a BBVA también le afecta. No se sabe aún cómo va a proceder cada entidad. En todo caso, reclame y, si no se lo devuelven, tendrá que ir a los tribunales.
En el año 2000 firme una hipoteca en una caja gallega (con cláusula suelo). En el año 2005 me cambié de banco (sin cláusula suelo). La entidad con la que contraté la hipoteca en el año 2000 fue comprada por otra. ¿Puedo reclamar lo pagado de más durante esos cinco años? Muchas gracias
La fusión o adquisición de una entidad por otra no le afecta, ya que la compradora asume los derechos y obligaciones de la comprada. Si la cláusula era nula, puede reclamar lo pagado de más. Y las de las cajas gallegas fueron declaradas nulas por el Supremo, con lo que deberían devolvérselas.
En julio de este año llegué a un arreglo judicial con Caja España por el cual me quitaban la cláusula suelo y me reintegraban lo cobrado de más desde mayo del 2013. Dos preguntas, 1- ¿Tengo derecho a reclamar lo anterior a mayo del 2013? 2- ¿Es cierto que también le puedo reclamar al banco los gastos hipotecarios, como registro, notario, tasados, agrimensor, originados al inicio de la hipoteca? Muchas Gracias.
Si usted firmó una renuncia a reclamaciones posteriores a cambio de que le quitaran la cláusula, en principio no puede reclamarlo, aunque empieza a haber sentencias de tribunales (como la Audiencia de Zaragoza) que consideran estos contratos nulos por ser abusivos. Tendría que reclamarlo en los tribunales. Respecto a los gastos de constitución, es otro tema distinto y hoy vamos a centrarnos en las cláusulas suelo.
hola, tenemos derecho a volver a reclamar desde el comienzo, los que ya habiamos ganado por sentencia firme que nos devolvieran lo cobrado de mas desde mayo de 2013? o al ser ya cosa juzgada debemos de esperar
En principio son los únicos excluidos en la sentencia del Tribunal de la UE con el argumento de la seguridad jurídica: es cosa juzgada y no se puede juzgar dos veces la misma cosa.
En diciembre de 2014, en sentencia judicial, me quitaron la cláusula suelo pero no se estimó devolverme las cantidades indebidamente cobradas. ¿Puedo ahora reclamarlas de nuevo o se considera cosa juzgada y ya no puedo recuperarlas? Gracias.
En principio son los únicos excluidos en la sentencia del Tribunal de la UE con el argumento de la seguridad jurídica: es cosa juzgada y no se puede juzgar dos veces la misma cosa. Otra cosa es que, si la sentencia no se firme, podría recurrir la parte referente a la retroactividad, y decidirá el tribunal superior (el Supremo al final).
Hola, hace unos meses y tras reclamar en varias ocasiones, mi banco dejó de aplicarme la clausula suelo, pero tuve que firmar un documento donde me comprometía a no denunciar al banco por la clausula suelo. ¿No tengo ninguna opción de recuperar el dinero que he pagado de más?
Si usted firmó una renuncia a reclamaciones posteriores a cambio de que le quitaran la cláusula, en principio no puede reclamarlo, aunque empieza a haber sentencias de tribunales (como la Audiencia de Zaragoza) que consideran estos contratos nulos por ser abusivos. Tendría que reclamarlo en los tribunales.
¿Si ya tuve en su día sentencia firme no me veo beneficiado por esta nueva sentencia?
En principio son los únicos excluidos en la sentencia del Tribunal de la UE con el argumento de la seguridad jurídica: es cosa juzgada y no se puede juzgar dos veces la misma cosa.
¿Existe alguna posibilidad que esta sentencia se acabe extendiendo a las hipotecas firmadas por las pymes o autónomos?
Insistimos en que la sentencia del TJUE no declara nula ningún tipo de cláusula suelo, de ningún préstamo, ni de ningún sujeto, ni de ningún banco. Lo que dice es que, si un tribunal las declara nulas, el banco debe aplicar la retroactividad total. Pero hace falta conseguir que haya una condena de nulidad.
Si se tratara de un prestamo con cláusula suelo sin que existiese hipoteca ¿Sería aplicable la sentencia ?
Insistimos en que la sentencia del TJUE no declara nula ningún tipo de cláusula suelo, de ningún préstamo, ni de ningún sujeto, ni de ningún banco. Lo que dice es que, si un tribunal las declara nulas, el banco debe aplicar la retroactividad total. Pero hace falta conseguir que haya una condena de nulidad.
Si le reclamo al banco la tasación del piso y gastos de constitución de una hipoteca sobre una vivienda de segunda mano... me los devuelve sin más o tengo que ir a juicio ?
Perdone, pero hoy vamos a centrarnos en las cláusulas suelo. Los gastos de constitución son otro tema y no les afecta la sentencia de hoy.
Tengo una hipoteca interés variable referenciado a Hipoteca Bancos ¿cómo me afecta?
Perdone, pero hoy nos vamos a centrar en las cláusulas suelo, no en los índices hipotecarios, sobre los que la sentencia no dice nada.
Buenas. Yo acabé de pagar mi hipoteca en 2008, y tenía cláusula suelo ¿puedo reclamar algo?
Depende ya que en algunos casos, la prescripción es de 4 años desde que se terminó de pagar la hipoteca, pero este plazo, en determinadas situaciones, es de 15 años. Lo recomendable es consultar cada caso concreto con un abogado especializado.
Tuve una hipoteca con suelo entre 2003 y 2009. ¿Puedo reclamar lo cobrado de más aunque haya pasado mucho tiempo?
Depende ya que en algunos casos, la prescripción es de 4 años desde que se terminó de pagar la hipoteca, pero este plazo, en determinadas situaciones, es de 15 años. Lo recomendable es consultar cada caso concreto con un abogado especializado.